Puerto Aventuras, Quintana Roo, Año. 2018.
PUERTO AVENTURAS
PRINCIPIOS BÁSICOS
PRINCIPIOS BÁSICOS SOBRE LOS CUALES FUE CONCEBIDO ¨PUERTO AVENTURAS¨ COMO DESARROLLO RESIDENCIAL / TURÍSTICO. ESTOS PRINCIPIOS FUERON ESTABLECIDOS POR EL DESARROLLADOR RESPONSABLE DEL COMPLEJO Y TRANSMITIDOS A LA ASOCIACIÓN DE COLONOS COMO REPRESENTANTE DE LA COMUNIDAD. LA MESA DIRECTIVA ESTA OBLIGADA A RESPETAR, CONTROLAR Y HACER CUMPLIR DICHOS PRINCIPIOS.
PRINCIPIO I : A U T O N O M I A.
SE FIRMO ACUERDO ENTRE AUTORIDAD MUNICIPAL Y DESARROLLADOR PARA QUE PUERTO AVENTURAS SEA AUTÓNOMO OPERADO POR EL DESARROLLADOR Y LA COMUNIDAD. SERVICIOS BÁSICOS SERÁN OPERADOS DE MANERA INDEPENDIENTE.
LA REGLAMENTACIÓN ARQUITECTÓNICA, URBANÍSTICA Y DE CONVIVENCIA FUERON DEFINIDAS POR EL DESARROLLADOR PARA SU EJECUCIÓN POR LA ASOCIACIÓN.
LA SEGURIDAD SERA ASIGNADA COMO RESPONSABILIDAD DE LA ASOCIACIÓN INCLUYENDO LA EJECUCIÓN DE LOS PRINCIPIOS Y REGLAMENTOS.
PRINCIPIO II : U N I D A D I N T E G R A L.
EL PLAN MAESTRO DE PUERTO AVENTURAS FUE DISEÑADO COMO UNA UNIDAD INTEGRAL CON SUS SERVICIOS, INFRAESTRUCTURA Y ATRACCIONES PARA USO, DISFRUTE Y BENEFICIO DE SUS PROPIETARIOS Y RESIDENTES. DIVISIONES NO DEBEN SER PERMITIDAS DENTRO DEL DESARROLLO.
PRINCIPIO III : S E G U R I D A D.
LA SEGURIDAD ES PRIORIDAD PARA LOS ASOCIADOS Y SU PATRIMONIO. PARA PODER CUMPLIR CON ESTA OBLIGACIÓN, SUFICIENTES FONDOS, PERSONAL Y EQUIPOS HAN SIDO ASIGNADOS A LA ASOCIACIÓN.
ACUERDO FIRMADO CON AUTORIDADES MUNICIPALES PUEDE PROVEER APOYO A NUESTRO PERSONAL DE SEGURIDAD SOLO EN LOS CASOS EN LOS CUALES LO REQUERÍAMOS.
HOTELES, CONDOMINIOS Y OTROS ASOCIADOS QUE REQUIERAN DE SEGURIDAD ESPECIAL DEBEN CONTRATAR PERSONAL ADICIONAL DE LA MISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD CONTRATADA POR LA ASOCIACIÓN PARA EVITAR PLEITOS DE PODER DENTRO DEL DESARROLLO.
PRINCIPIO IV : P R I V A C I A.
PUERTO AVENTURAS ES UN DESARROLLO RESIDENCIAL / TURÍSTICO PRIVADO CON INFRAESTRUCTURA PARA USO Y DISFRUTE DE SUS PROPIETARIOS Y RESIDENTES. VENDER EL USO DE NUESTRA INFRAESTRUCTURA A EXTERNOS DEBE SER EVITADO EXCEPTO EN CASOS DONDE SEA PARA EL BIENESTAR GENERAL DE LA COMUNIDAD.
PRINCIPIO V : R E G L A M E N T A C I O N
LA CONCEPCIÓN ORIGINAL DE PUERTO AVENTURAS INCLUÍA REGLAMENTACIÓN ESTRICTA ARQUITECTÓNICA, URBANÍSTICA Y DE CONVIVENCIA OBLIGATORIOS PARA CADA ASOCIADO.
LA ASOCIACIÓN ESTA OBLIGADA A SUPERVISAR Y EJECUTAR LA REGLAMENTACIÓN CON LOS FONDOS, PERSONAL Y EQUIPO QUE LES FUE ASIGNADO POR SUS ASOCIADOS. PARA ESTE PROPÓSITO, LA ASOCIACIÓN CONTRATARA UNA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD PRIVADA.